A pesar de que las criptomonedas llevan entre nosotros más de diez años, todavía es común el desconocimiento general sobre cómo reflejar las operaciones con ellas en la declaración de la renta. Muchos inversores no están seguros de las casillas donde deben ingresar los resultados obtenidos.
Aunque muchas operaciones no tienen aún definida una casilla oficial por parte de la AEAT, podemos considerar las siguientes como las opciones más adecuadas según el consenso público actual en España. A continuación las desgranamos por categorías.
Operaciones de compraventa, también llamadas permutas (trades)
Los trades no tienen mayor complicación al asemejarlos con una operación de compraventa de acciones, muy conocida por la mayoría de inversores. Corresponden al apartado F2 – Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales (a integrar en la base imponible del ahorro), tal como muestra la siguiente imagen:

Estos datos deben incorporarse a las casillas 1624 y siguientes. Si no estás seguro de qué casillas debes usar y los checkbox a marcar, en esta guía avanzada puedes ver el proceso completo en detalle para incorporar todos los datos necesarios en la declaración de la renta.
Interest income (lending)
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